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¿Qué hago si no me pagan el aguinaldo?

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social recordó a los dueños de centros laborales que bajo ningún pretexto se debe dejar de pagar el aguinaldo a sus empleados, el cual será de al menos 15 días de su salario.

En caso de que el trabajador no cuente con su pago de aguinaldo, se pague incompleto o extemporáneo, se puede presentar un reclamo ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) a partir del 21 de diciembre, con un plazo no mayor de un año.

La Profedet interpondrá la demanda respectiva ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje o en su caso a la Procuraduría(local) de la Defensa del Trabajo, quien interpondrá la demanda ante la Junta Local de Conciliación y Arbitraje.

Los patrones que no cumplan con el pago del aguinaldo, lo otorguen incompleto o de forma tardía,la ley contempla una multa por el equivalente de 50 a 5 mil veces el salario mínimo, que va desde los 4 mil 418 pesos hasta los 441 mil 800 pesos.

Si no recibes aguinaldo o se te otorga de manera incompleta o tardía, tienes derecho a denunciarlo ante las autoridades laborales a través de la Profedet.

La Profedet cuenta con servicios de orientación telefónica, en el 51349800 en el área metropolitana, o en las líneas sin costo 01 800 71 72 942 y 01 800 91 17 877; también puedes denunciar por correo electrónico en la dirección [email protected]; o de manera presencial en sus 47 oficinas en toda la República.

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