Sí eres trabajador y cuentas con un número de afiliación ante el IMSS, te decimos cómo darte de alta para disfrutar de atención médica gratuita y diversas actividades deportivas u otras prestaciones.
Los beneficiarios podrán seleccionar el horario de atención de su preferencia (matutino o vespertino) y buscar la clínica o Unidad de Medicina Familiar mas cercana a su domicilio.
Para realizar el trámite existen dos opciones:
- Vía internet
Deberás tener a la mano el NSS (Número de Seguridad Social), una cuenta de correo electrónico personal y seguir las instrucciones en la página del IMSS https://serviciosdigitales.imss.gob.mx/portal-web/portal/
Para ingresar a los servicios del Portal deberás registrarte previamente.
Para ello, debes contar con el CURP y los archivos de tu Firma Electrónica Avanzada (e.firma), una vez comprobada la validez de la información, deberás leer y aceptar la ‘Carta de términos y condiciones’.
- En Ventanilla
Acude a la Unidad de Medicina Familiar (UMF) que te corresponda, de lunes a viernes de 08:00 a 14:00 horas, en unidades con turno matutino y de 08:00 a 19:30 horas, en unidades con turno matutino y vespertino.
Además del trabajador, se puede registrar o dar de alta a familiares como esposa (o), padre o madre e hijos, para que también reciban los servicios que ofrece el IMSS.
Documentos que se requieren son los siguientes:
1. Identificación oficial
- Credencial para votar
- Pasaporte vigente
- Cartilla del Servicio Militar
- Cédula profesional
- Matrícula consular
- Tarjeta/Cédula/Carnet de identidad de ciudadanos extranjeros
- Forma migratoria FM2 o FM3, ADIMSS.
2. Número de Seguridad Social
3. CURP
4. Fotografía Infantil
5. Comprobante de Domicilio con una antigüedad no mayor a tres meses
En el caso de los beneficiarios familiares se añadirán:
- Esposa(o): Acta de matrimonio
- Concubina(o): Acta de nacimiento (en caso de existir hijos en común).
- Padres: Acta de nacimiento del asegurado(a)
- Hijos: Acta de nacimiento o acta de adopción o acta de reconocimiento.
Nota: Todos los documentos deben presentarse en original. Las copias certificadas de las actas son las que comúnmente se conocen como originales y son emitidas por el Registro Civil.
Una vez registrados los beneficiarios recibirán un carnet donde se llevará el registro de vacunas, citas médicas, etc., que deberán mostrar al solicitar cualquier servicio.
Fuente: IMSS
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