¿Te quieres casar? IMSS ofrece prestación para realizar tu boda. Aquí te decimos cómo tramitarlo.
Los tiempos han cambiado, casi la mayoría de personas no se quieren comprometer o casarse y se respeta.
Y si al fin encontraste a esa persona, pero por la pandemia o por otro motivo como el dinero, no han podido dar este gran paso, te informamos que el IMSS ofrece préstamos para apoyar a aquellos que deseen unir sus vidas y celebrar su boda.
¿Cómo funciona el programa?
Se trata de una prestación en dinero a la que tiene derecho el asegurado una vez que contrae matrimonio civil. Esta prestación se financia con los recursos de la cuenta individual del asegurado, cuyo importe de cálculo se determina al considerar el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), a la fecha de celebración del matrimonio civil por 30 días.
Es decir, que el asegurado que cotiza ante el IMSS tiene derecho a retirar la cantidad equivalente a 30 días de salario mínimo vigente o UMA, conforme lo que calculado en términos de la ley.
Requisitos para obtener este apoyo
- Ser derechohabiente
- Estar casado por el civil
- Estar acreditado desde dos años y 8 meses
- No haber ejercido este derecho con anterioridad
- En caso de que ya hayas pedido un préstamo igual en el IMSS, deberás presentar la carta de disolución de matrimonio o de fallecimiento
- Si estuvo incorporado a este régimen puede pedir el préstamo dentro de los 90 días desde que dio de baja este servicio
- El matrimonio civil se haya realizado después de 1997.
Documentos para solicitar un préstamo al IMSS
- Identificación oficial vigente con fotografía y firma
- Constancia de estudios con fotografía expedida por la escuela en la que estudió
- Cédula de identidad Personal emitida por la secretaria de gobernación
- Documento donde contenga el número de seguridad social y el nombre del pensionado o asegurado.
- CURP
- Estado de cuenta del AFORE, no mayor a 6 meses.
Copia certificada de Matrimonio
¿Cuánto tiempo tengo para pedir la ayuda de matrimonio?
Para pedir la ayuda de matrimonio, tienes 90 días después de que hayas cancelado tus prestaciones en el IMSS. O si sigues siendo derechohabiente, puedes tramitarlo cuando desees, siempre y cuando te hayas casado por lo civil.
Por último, conoce toda la convocatoria completa en la página del IMSS donde vienen toda la información importante para solicitar este crédito.
Si tienes alguna duda, puedes solicitar más información dando clic aquí o comunicándote al número 800 623 2323 en un horario de 8:00 a 20:00 horas de lunes a viernes.
Fuente: El Financiero
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