El Hostigamiento es el ejercicio del poder en una relación de subordinación real de la víctima frente a la o él agresor en los ámbitos laborales. Se expresa en conductas verbales, físicas o ambas.
El hostigamiento abarca una amplia gama de comportamientos ofensivos. Normalmente se entiende como una conducta destinada a perturbar o alterar. Según la RAE, hostigar es molestar alguien o burlarse de él insistentemente. En el sentido jurídico, es el comportamiento que se encuentra amenazante o perturbador.
Algún ejemplo de ellos es:
En la LEY FEDERAL DEL TRABAJO en el artículo 47 establece que:
Son causas de rescisión de la relación de trabajo, sin responsabilidad para el patrón: I. engañarlo el trabajador o en su caso, el sindicato que lo hubiese propuesto o recomendado con certificados falsos o referencias en los que se atribuyan al trabajador capacidad, aptitudes o facultades de que carezca.
Si sufres hostigamiento laboral puedes acercarte a tu delegado de sindicato o a la PROFEDET con pruebas de hostigamiento hacia tu persona.
Recuerda que como medio de prueba puedes presentar:
- Documentos
- Fotos
- Videograbaciones
- Grabaciones de voz
- Cualquier otro que se genere consulte, procese, o modifique por medios electrónicos y enviados a través de un mensaje de datos.
- TestigosFuente: CTM Digital
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