¿Puedo perder mi pensión si ya estoy jubilado y vuelvo a trabajar?

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¿Puedo perder mi pensión si ya estoy jubilado y vuelvo a trabajar?

Si estás pensionado por el IMSS tu pensión está asegurada si respetas algunas condiciones.

En la actualidad, la mayoría de los pensionados por Cesantía en Edad Avanzada o Vejez han obtenido su pensión bajo el amparo de la Ley del Seguro Social de 1973, y esto es lo que deben saber.

Si estás pensionado por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), tu pensión está asegurada si respetas algunas condiciones.

  • Deben pasar seis meses desde que te jubilaste para iniciar actividad laboral remunerada.
  • No puedes ocupar el mismo puesto que tenías antes de jubilarte.
  • Que tu salario sea menor que el 50% de lo que percibías antes de dejar de trabajar.

La ley del IMSS en el artículo 196, estipula lo siguiente: “El asegurado que goce de una pensión de cesantía en edad avanzada o de vejez, cuando reingrese al régimen obligatorio, no efectuará las cotizaciones a que se refiere el párrafo segundo del artículo 25 de esta Ley, ni las de los seguros de invalidez y vida”.

Será necesario que el pensionado abra una cuenta Afore, para comenzar a cotizar y ahorrar, lo que provenga del nuevo empleo, ya que ahora trabajará bajo la ley actual de 1997.

El asegurado abrirá una nueva cuenta individual, en la Administradora de Fondos para el Retiro que elija de acuerdo con las normas generales establecidas en esta Ley. El dinero que genere su afore lo podrás transferir o sólo retirarlo de la cuenta. La Ley del Seguro Social estipula que no se puede contar con dos pensiones. Si ya se cuenta con la pensión del 73, únicamente será esa válida.

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